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Las normas que rigen su caso

Las leyes colombianas que aplicamos a diario, explicadas en lenguaje claro y con enlace al texto oficial de cada una. Ninguna cita viene de un resumen de terceros: todas remiten al documento publicado por el Estado.

Qué rige la insolvencia de persona natural en Colombia. No existe una «ley de insolvencia» independiente para personas naturales no comerciantes: el procedimiento está dentro del Código General del Proceso, en el Título IV de la Sección Tercera del Libro Tercero. Ese título fue reformado en 2025.

Ley · Código2012

Ley 1564 de 2012 — Código General del Proceso

«Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones».

Contiene el régimen de insolvencia de la persona natural en su Título IV de la Sección Tercera del Libro Tercero, a partir del artículo 531. Regula las tres vías del procedimiento.

  • Artículo 531. Finalidad del régimen de insolvencia de la persona natural.
  • Capítulo I. Disposiciones generales: ámbito de aplicación, competencia y gratuidad.
  • Capítulo II. Procedimiento de negociación de deudas.
  • Continúa con la convalidación del acuerdo privado y la liquidación patrimonial.
Secretaría del Senado Texto oficial
Ley · Reforma2025

Ley 2445 de 2025

«Por medio de la cual se modifica el Título IV, de la Sección Tercera, del Libro Tercero de la Ley 1564 de 2012, referente a los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante y se dictan otras disposiciones».

La reforma más reciente del régimen. Cambia el nombre del título, que ahora cubre también a la pequeña comerciante, y modifica los artículos de base del procedimiento.

Norma reciente. Si consultó información publicada antes de 2025 sobre insolvencia de persona natural, puede estar desactualizada.
  • Artículo 2. El Título IV pasa a llamarse «Insolvencia de la persona natural no comerciante y de la pequeña comerciante».
  • Artículo 3. Modifica el artículo 531: el régimen opera por acuerdo con los acreedores, convalidación de acuerdos privados o liquidación patrimonial.
  • Artículo 4. Nuevo ámbito del artículo 532: cubre a las personas naturales no comerciantes y a las comerciantes con activos inferiores a 1.000 SMLMV —excluida la vivienda familiar y el vehículo de trabajo—, llamadas pequeñas comerciantes.
  • Artículo 532, parágrafo 1. Quedan excluidos quienes controlan sociedades mercantiles en insolvencia empresarial o que integran un grupo de empresas.
  • El texto del artículo 532 fue corregido por el artículo 2 del Decreto 1136 de 2025.
Secretaría del Senado Texto oficial
Ley2006

Ley 1116 de 2006 — Insolvencia empresarial

«Por la cual se establece el Régimen de Insolvencia Empresarial en la República de Colombia y se dictan otras disposiciones».

Es el régimen paralelo, aplicable a comerciantes y empresas, no a la persona natural no comerciante. Se incluye aquí porque es la norma con la que suele confundirse la insolvencia de persona natural.

  • Regula la reorganización empresarial y la liquidación judicial.
  • La competencia es de la Superintendencia de Sociedades y de los jueces civiles del circuito.
Secretaría del Senado Texto oficial

Esta biblioteca es material informativo, no un concepto jurídico. Los resúmenes son nuestros; el texto que obliga es el oficial, y por eso cada ficha enlaza a la fuente del Estado —la Secretaría del Senado y el Gestor Normativo—. Las leyes se reforman: verifique siempre las notas de vigencia en el texto oficial antes de tomar una decisión. Si su caso depende de alguna de estas normas, consúltenos.

¿Alguna de estas normas aplica a su caso?

Veámoslo juntos

Leer la ley es un buen comienzo. Aplicarla a su situación concreta es nuestro trabajo.

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